Variante Omicron: qué hacer si se cancela mi viaje por la pandemia

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La incertidumbre que trajo la variante Ómicron, además del alza en las estadísticas de contagios, provoca enfrentarnos a situaciones como cancelaciones de vuelos.

Los rápidos contagios con la variante ómicron dan lugar a la incertidumbre entre los viajeros; empleados de las aerolíneas dieron positivo y muchos vuelos quedaron cancelados. ¿Pero sabes qué hacer si se cancela tu vuelo por la pandemia? Para empezar, deberás tener mucha MUCHA paciencia. Y es fundamental conocer tus derechos, como saber que deberían darte reembolso del precio íntegro del boleto, o un vuelo alternativo (una vez los vuelos sean reprogramados). En fundamental que, para exigir responsabilidades, conozcas tus derechos como viajera, y en México, a Procuraduría Federal del Consumidor podría serte de gran ayuda. De acuerdo con la PROFECO, los pasajeros tienen una serie de derechos. Las aerolíneas, desde el 8 de noviembre de 2017, están obligadas a proporcionar a todos sus pasajeros un servicio eficiente y de calidad, así como a respetar e informar a los consumidores de manera veraz, adecuada y clara sus derechos y obligaciones.

En caso de un retraso o demora, atribuible a la aerolínea, la compañía debe compensar al pasajero, como mínimo, con descuentos y cupones.

Para ejemplificar, te compartimos las políticas de compensación de Aeroméxico, según PROFECO: En el caso de retrasos o demoras de 1 a 4 horas, deben proporcionarte Acceso a llamadas teléfonicas y correos electrónicos. Cupon de descuento del 7.5% del precio pagado por el boleto. En el caso de Retraso o demoras de mas de 4 horas o cancelación, enlistan las siguientes políticas voluntarias:

  • Acceso a llamadas teléfonicas y correos electrónicos

  • Alimentos y bebidas.
  • Devolución del precio costo del boleto o proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje, e indemnización de 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.
  • Protección en el primer vuelo disponible, acceso a medios de comunicación y alimentos de acuerdo con el tiempo de espera. En caso de pernocta: alojamiento y transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto.
  • Transportación en fecha posterior que convenga al pasajero hacia el destino del vuelo cancelado e indemnización de 25% del precio del boleto o de la parte no realizada del viaje.
  • Hospedaje: aplicará únicamente para el caso de retraso superior a 4 horas, cuando el pasajero afectado elija como compensación la protección en el primer vuelo disponible y que de acuerdo al tiempo de espera (pernocta) sea aplicable. Se otorgará también transporte Aeropuerto-Hotel-Aeropuerto.

En el caso de la pérdida o avería en el equipaje de mano, el pasajero debe ser indemnizado con hasta 80 UMA, y por pérdida o avería de equipaje facturado, un monto de 150 UMA. La Unidad de Medida y Actualización (UMA) es la referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores. Verifica el valor vigente de la UMA aquí . El pago de las compensaciones e indemnizaciones deben cubrirse en un periodo máximo de 10 días naturales posteriores a la reclamación, excepto alimentos, bebidas y hospedaje, que deben cubrirse cuando ocurra el retraso, demora o cancelación. Sigue leyendo: 5 lugares y atracciones para visitar en San Antonio, Texas este 2022 Por qué Quebec es el siguiente destino que debes visitar si viajas sola

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